Descargar
canciones, películas, libros electrónicos, ver series online, ¿quién no lo
hemos hecho alguna vez?, ya es algo que forma parte de nuestro día a día. Pero,
¿y qué pasa con los derechos de autor? ¿ acaso no estamos cometiendo un delito?
Los
derechos de autor son aquellos que protegen la obra de una persona, otorgándole
plena disposición y el derecho exclusivo de explotarla.
Necesitáis
saber que la mayoría de servidores y páginas de descarga directa se alimentan de las aportaciones de los usuarios, que podían subir al portal
cualquier contenido, de modo que sólo con buscar el contenido que deseemos y
pulsar el botón descargar, podemos obtenerlo rápidamente. Para ello, suelen utilizar redes P2P (“peer to peer”), las
cuales permiten el intercambio directo de información, en cualquier formato,
entre varios usuarios. Estas redes tienen derecho al anonimato, esto es, del
autor de un contenido, el editor, el lector, el servidor que lo alberga y la
petición para encontrarlo, siempre que así lo necesiten los usuarios.
Bueno, pues cómo no,
muchos usuarios han aprovechado esto para intercambiar archivos cuyo contenido
está sujeto a las leyes de copyright.
Sin
embargo, si descargáis e intercambiáis archivos a través de éste
tipo de redes no estaríais cometiendo un delito (siempre que no sea
para su uso comercial), ya que, para el alivio de todos vosotros, los ciudadanos españoles
tenemos derecho a la copia privada. ¿Qué quiere decir esto? Pues significa, ni
más ni menos, que podemos realizar una copia de una obra siempre y cuando ésta
ya haya sido divulgada, se haya accedido a ella legalmente, y que la copia no
tenga fines ni colectivos ni lucrativos. Además, significa que podemos
tener copias privadas de ciertos contenidos sin tener el original. Debido a
esto, los ciudadanos pagamos el llamado canon digital, se trata de una especie
de impuesto dirigido a las entidades gestoras de derechos de autor, a modo de
compensación a los autores. Si dejáramos de tener este derecho a la copia
privada, sería justo que dejáramos de pagar este impuesto, ¿no es así?
En cuanto a la música,
según un estudio realizado por la UE, en el que se analizan comportamientos
como visitas a páginas pirata y su impacto sobre las ventas musicales, la
piratería no afecta a las ventas digitales Concluyeron que es poco probable que
los ingresos por música digital se vean muy perjudicados, y sugieren que “la
piratería musical no debe ser vista
como una preocupación creciente para los propietarios de
derechos de autor en la era digital".
Pero por otro lado, es verdad que
este tipo de servicios tienen un gran impacto social, ya que conforman una
manera distinta de manejar la información, permitiendo su libre circulación.
Internet está cada vez más presente en nuestra forma de vivir, y este tipo de
actividades seguirán aumentando, ya que a pesar de la creación de leyes
anti-piratería (tales como la Ley Sinde y su actual reforma, la ley Lassalle,
que tratan de proteger a los titulares de los derechos de autor y su dinero),
han logrado un alcance tan grande, que resulta casi imposible hacerlas desaparecer.
En uno de estos
intentos de combatir la piratería, la industria musical y cinematográfica de
Estados Unidos ha atacado a las páginas que alojan contenidos que no respetan
los derechos de autor, como Megaupload. Lo interesante es que dentro de la gran
cantidad de personas que defienden este tipo de servicios, se encuentran varios
artistas internacionales del negocio musical, tales como Alicia Keys y Chris
Brown, quienes reconocen utilizar Megaupload y lo apoyaron en la campaña en
contra de su cese, participando en un videoclip en el que se ensalzan las
posibilidades que ofrece:
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